martes, 27 de marzo de 2012

SEMANA SANTA TORRIJOS 2012


De entre las diferentes celebraciones festivas que se suceden en nuestro pueblo, la Semana Santa tiene un significado muy especial. Junto al fervor religioso que acompaña estas fechas, donde se conjuga tradición y arte, la Semana Santa en Torrijos se ha convertido en una nueva reunión de la familia y los amigos, de aquí y de fuera, en torno a las celebraciones de la Pasión, Muerte y Resurrección de Jesús.

La Semana Santa es una oportunidad muy especial para acoger a todos nuestros visitantes con los brazos abiertos, dispuestos a ofrecerles lo mejor de nuestra hospitalidad. También de conocer un poco mejor nuestro pueblo, con las mejores imágenes en procesión por las calles de Torrijos, y donde es fácil comprender los valores que han convertido la Semana Santa en parte esencial del calendario. Son valores que nos hablan de tradición, de historia, de arte, de emoción, de sentimientos..., son valores que pueden palparse perfectamente en el ambiente de estos días, que cada uno vive desde sus más íntimos sentimientos, religiosos o profanos, pero con la dulce sensación de participar en estas celebraciones.

Torrijos tiene que apostar decididamente por la potenciación de estas fiestas en todos los ámbitos. Creemos que son parte muy importante de nuestro patrimonio cultural y social, reconociendo el gran esfuerzo que en estos días realiza la parroquia y las propias hermandades y cofradías. Desde la asociación Amigos de la Colegiata animamos a la participación en todos los actos para que la Semana Santa de Torrijos crezca cada año y cada vez sean más quienes vengan a conocerla.

Además hemos confeccionado un pequeño PROGRAMA de la Semana Santa en Torrijos 2012 para que conozcáis puntualmente los horarios de todas las celebraciones.

domingo, 18 de marzo de 2012

BICENTENARIO DE LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ. 1812-2012


Mañana lunes 19 de marzo se conmemora el bicentenario de la proclamación de la Constitución Política de la Monarquía Española, uno de los textos jurídicos más importantes de España, por cuanto sentó las bases de constituciones posteriores. Considerada como un baluarte de libertad, fue promulgada en Cádiz el 19 de Marzo de 1812, día de la festividad de San José, por lo que popularmente fue conocida como “La Pepa”.

Compuesta de diez títulos con 384 artículos, está reconocida como el primer código político a tono con el movimiento constitucionalista europeo contemporáneo, de carácter novedoso y revolucionario, que establecía por primera vez la soberanía nacional y la división de poderes, como dos de sus principios fundamentales.

La Constitución de 1812 recoge muchos de los principios fundamentales que siguen vigentes en nuestros días. Algunos de ellos los tenemos tan asimilados que parece increíble que en otro tiempo las cosas no fueran iguales. Pero lo cierto es que, en el momento de su proclamación, significaron una auténtica ruptura con lo que existía con anterioridad. Es muy importante mostrar a los ciudadanos que principios que para ellos son tan habituales como la libertad individual, la libertad de prensa, o la inviolabilidad del propio domicilio son derechos que disfrutamos ahora, pero que se planteaban como absolutamente modernos e innovadores en La Pepa.

Mostramos aquí un extracto de los principios fundamentales de la Constitución de 1812 explicados en un lenguaje sencillo y también un fichero con el texto integro.

Aparece la idea de nación española, definida como el conjunto de todos los ciudadanos, sin distinción entre los españoles de los dos hemisferios.

La Nación unitaria se declara libre e independiente. La forma de Estado sería una monarquía, en la persona de Fernando VII, pero parlamentaria o constitucional.

Sus principios fundamentales son:

1. Soberanía nacional, por la cual el poder está en el pueblo a través de sus representantes en Cortes.

2. Derechos fundamentales del individuo, como la libertad de expresión y prensa, la igualdad ante la ley y el derecho a la propiedad. Estos derechos son considerados legítimos y naturales.

3. División de poderes en:

Legislativo. Corresponde a las Cortes, que son unicamerales y gozan de amplios poderes. El Rey no puede suspenderlas ni disolverlas pero sí sancionar y promulgar las leyes, y conserva el derecho de veto suspensivo temporal.

Ejecutivo. Corresponde al Rey, cuya persona es sagrada e inviolable, pero está sometido a ciertos límites. No es responsable, pero sí sus ministros.

Judicial, que recae en los tribunales de justicia. Se establecen los principios básicos de un estado de derecho, con garantías.

4. Sufragio universal masculino indirecto. Los españoles serán ciudadanos con derechos. Los diputados se eligen por dos años; puede serlo cualquier español mayor de 25 años; pero se requiere disponer de una renta anual proporcionada, procedente de bienes propios (sufragio censitario).

5. Estado confesional, en el que la religión oficial y única será la católica, apostólica y romana. Esto implica una concesión a los absolutistas por parte de los liberales.

6. Igualdad ante la ley. Todas las personas podrán acceder a un cargo público si su capacidad es adecuada; se valora el talento personal y no el nacimiento o el título. Es el fin de los privilegios de la sociedad estamental. Es obligatorio pagar impuestos de forma proporcional a la riqueza.

7. Milicia Nacional, cuerpo armado de voluntarios para defender la Constitución.

8. Derecho de los españoles a la enseñanza primaria pública y obligatoria.

Con otros Decretos socioeconómicos (como la abolición de la Mesta, de la Inquisición, de los gremios, de los señoríos jurisdiccionales, de los mayorazgos y la desamortización de tierras comunales), los liberales gaditanos querían realizar reformas para liquidar los fundamentos económico-jurídicos del Antiguo Régimen y establecer un nuevo orden liberal en España.

sábado, 3 de marzo de 2012

SAN COSME Y SAN DAMIAN


Óleo sobre lienzo
1,20 m x 1,80 m
Luis Tristán. Siglo XVII.
Museo Parroquial
Colegiata del Santísimo Sacramento
Torrijos (Toledo)

El cuadro representa a los santos hermanos Cosme y Damian, cirujanos, que ejercían gratuitamente su profesión, por lo que fueron llamados “anárgiros” (enemigos del dinero”. Por su acendrada fe cristiana murieron decapitados en Tiro de Éufrates (Siria), en el año 295 d.C., por mandato del procónsul Lisias, durante el Imperio de Diocleciano. Su festividad se celebra el 26 de septiembre y son patronos del gremio de médicos y cirujanos.

El lienzo que se conserva en la Colegiata del Santísimo Sacramento de Torrijos nos muestra a los dos santos realizando un estudio anatómico del cadáver de una joven, que aparece medio tendido y desnudo de busto, sobre una tarima de madera. La mitad inferior del brazo derecho de la joven ha sido objeto de la disección por parte de San Damián. La cabeza del cadáver cae en escorzo sobre el borde de la tarima.

San Cosme se halla a la derecha del espectador, es más alto que su hermano y de mayor edad. Dirige su mirada hacia el frente y viste un amplio manto marrón claro, sujetando con su mano izquierda un orinal o vasija de vidrio transparente para analizar el color y los posos de la orina del enfermo.

San Damián está a la izquierda del espectador. Viste túnica marrón y manto rojo anaranjado. Inclina su cabeza mirando a la joven y empuña un bisturí con su mano izquierda, mientras que en su mano derecha el orinal como San Cosme. Ambos santos van tocados con el bonete característico de su profesión, recordando la tabla de Jaime Huguet, del retablo de Tarrasa (finales del siglo XV).

Es interesante el estudio anatómico de la joven cuyo cadáver yace entre los dos cirujanos. La escena carece del mínimo dramatismo y simbolismo religioso.

La luz incide desde la izquierda del espectador, iluminando las figuras centrales de la composición y dejando en penumbra el resto conforme al tratamiento del claroscuro tenebrista. La perspectiva de las baldosas del pavimento de la estancia contribuye a causar mayor sensación de profundidad espacial.

Dominan los tonos cálidos en esta composición.

En cuanto a la adjudicación de la autoría de la obra hay dos opiniones. D. Angulo Íñiguez y Alfonso E. Pérez Sánchez la atribuyen a Pedro Orrente y su escuela. Sin embargo, nuestro amigo, el tristemente malogrado Pablo Peñas Serrano, que lo estudió en septiembre de 1997, se lo adjudicaba a Luis Tristán con una amplia intervención de su taller. Pensaba se trataba de una obra tardía del maestro toledano, una vez imbuido del naturalismo de la Escuela de Caravaggio tras su viaje a Nápoles.

Nosotros siempre hemos apoyado las tesis de Peñas Serrano y, en este sentido, hemos estudiado muchas de sus obras, y realizando un análisis comparativo de las más representativas de su época más tardía.

No cabe duda que Tristán, en el lienzo torrijeño, ha superado la fase final del manierismo, heredado de su maestro el Greco, y se orienta hacia un plasticismo robusto y de mayor adhesión a la realidad visual. De hecho, la figura desnuda que se halla a los pies de los Santos Médicos es similar en su fisionomía a la del San Sebastián de la Catedral de Toledo, a la de San Juan Bautista del Palacio Arzobispal y a la del joven moribundo del lienzo de “La ronda de pan y huevo” del Museo de Santa Cruz.

Con este último cuadro hay evidentes similitudes que van desde la gama de colores terrosos de ocres, rojizos, marrones, pasando por el estudio anatómico de los modelos que muestran alguna desnudez y en los forzados escorzos de los mismos. El modelo del sacerdote que asiste al joven del cuadro es muy semejante al de San Cosme. No obstante, convendría matizar que en la composición torrijeña la pincelada nerviosa característica del estilo del maestro se atempera considerablemente, y que el dramatismo escénico de muchas de sus composiciones no se pone de manifiesto aquí.

El lienzo fue restaurado por nuestra asociación a finales del año 2005, de mano de la restauradora torrijeña Carmen Palomo López.

Revisado el archivo parroquial, la primera noticia sobre el lienzo aparece en 1826, en el inventario realizado por la unificación de la parroquia de San Gil en la Colegiata del Santísimo Sacramento, al encontrarse la primera en ruinas.

Lo curioso es que no hay rastro del lienzo ni en un inventario de 1716 de la Colegiata ni en otro de 1810 de San Gil. Dada la proximidad de fechas del inventario de San Gil de 1810 con el inventario de la reunificación de 1826, es muy probable que el lienzo perteneciera a la Colegiata, y que fuera comprado por el cabildo o “donado” por algún capellán entre 1716 y 1826.